A.- Biblia: Saulo - San Pablo
B.- Teología: Propiedades de los Actos Morales
A. Biblia: Saulo - San Pablo
65. La Conversión. Nos la cuenta el mismo San Pablo en los Hechos de los Apóstoles en el capítulo 9 y después en el 22, defendiéndose ante el pueblo cuando lo apresaron en Jerusalén. La formidable preparación que había tenido en lo humano, junto a su carácter fogoso y deseos sinceros de la Gloria de DIOS, le vemos presidir el martirio de San Esteban, cuando los que tiraban piedras depositaron los mantos a los pies del joven Saulo, para tirar con más fuerza.
66. Sus trabajos. Profundamente agradecido a DIOS, comenzó San Pablo muy pronto a predicar en las Sinagogas de Damasco, tratando de convencer a los judíos que Jesucristo era el Mesías anunciado por los profetas, y Redentor del género humano.
67. Transcurridos tres años, vuelve a Jerusalén para ver a Pedro y contarle los prodigios que la Gracia iba realizando; y desde entonces, se dedicó plenamente a predicar a los gentiles, como se llamaba a los que no eran judíos, por lo que se le llamaría el Apóstol de las gentes.
68. San Lucas, médico griego convertido por San Pablo, nos contará en los Hechos de los Apóstoles los famosos viajes apostólicos, con sus muchos sufrimientos, y también consolaciones con que el Señor le premiaba. Nos cuenta también su viaje a Jerusalén y su intervención en el primer Concilio, logrando librar a las Iglesia de las amarras de la sinagoga, que trataba por todos los medios de destruirla, o al menos frenar su impulso o someterla a su influjo. Varias veces anuncia sus deseos de ir a España, que entonces era el extremo de la tierra conocida: Finisterre, fin de la tierra; non plus ultra no hay más allá, decían los romanos en las columnas de Hércules junto al océano atlántico. Cuando se descubre América, se quitó el non; viendo en este deseo su inquietud de llevar el evangelio por todas partes.
69. Cuando cae preso en Jerusalén, debido a ese odio de los judaizantes o falsos judíos convertidos, apela al César para ser juzgado en Roma, como un derecho que tenían los ciudadanos romanos, y él lo era por haber nacido en Tarso: así se libraba de aquel odio a muerte de aquellos judíos.
70. La Sagrada Tradición nos cuenta que sería el año 67, en la persecución del emperador Nerón, cuando sería martirizado, decapitado, también por el derecho de ser ciudadano romano, en las mismas fechas que San Pedro, que como no era romano, le crucificaron, y pidió lo hicieran cabeza abajo, por no verse digno de morir como el Señor.
71. En Roma están las famosas basílicas en el mismo lugar del martirio; y en sus cartas, el grandioso tesoro del que nunca nos cansamos de sacar provecho.
B. Teología: Moral: Propiedades de los actos morales.
72. Son la imputabilidad, la responsabilidad, el mérito o demérito y la sanción.
73. Imputabilidad. Es el atribuir algo a alguien. Moralmente tiene el mismo valor que el acto libre, por lo que puede merecer alabanza o vituperio, premio o castigo. Al atribuir a una persona un acto, que se llama imputabilidad, puede ser laudable o culpable.
74. Para que una acción pueda ser imputable, se requiere conocimiento, libertad y advertencia de la bondad o malicia de lo que se va a ejecutar.
75. Puede ser imputabilidad física cuando la acción se atribuye simplemente al que la ejecutó. Puede ser meramente material, y por lo tanto, sin valor moral, cuando no hay conocimiento de la moralidad o cuando falta libertad.
76. La imputabilidad moral consiste de igual modo en ser atribuida la acción al que la hizo con conocimiento y libertad, sabiendo la bondad o malicia de dicha acción.
77. También la imputabilidad moral, por tener íntima relación con los actos humanos y morales, depende del grado de ignorancia que tuviera, de las pasiones descontroladas o concupiscencia de que pudiera ser víctima, del miedo y violencia a que pudiera estar sometido, y de los malos hábitos que arrastrara, debido a las costumbres viciosas. Como no suelen anular del todo el conocimiento y la libertad, siempre hay algo de imputabilidad.
78. Responsabilidad. Es la obligación que tiene el que ejecuta libre y conscientemente un acto; responde por él, y carga con las consecuencias.
78. Responsabilidad. Es la obligación que tiene el que ejecuta libre y conscientemente un acto; responde por él, y carga con las consecuencias.
79. Se diferencia de la imputabilidad en que ésta se refiere a la acción misma; y la responsabilidad lo es del sujeto, del que quiere o ejecuta el acto; por eso se dice que si la obra es imputable, el autor es responsable.
80. El grado de responsabilidad dependerá de la mayor o menor advertencia y libertad que tuviera el sujeto o agente al ejecutar el acto. Si falta algo de esto, será imputable, la ejecutó, pero no responsable, por faltarle advertencia o libertad.
81. Mérito o Demérito. Son consecuencia directa de la imputabilidad y responsabilidad, por lo que la acción redunda en honor o deshonor, provecho o perjuicio, propio o de otros.
82. Mérito es el fruto de toda obra buena, en cuanto es digna de premio. Puede ser natural, cuando las cosas se hacen por fines puramente naturales o sin la Gracia de DIOS; y sobrenatural, cuando se hace en Gracia de DIOS y por fines sobrenaturales.
83. Demérito, es el fruto de toda obra mala en cuanto que es digna de castigo.
84. Sanción. Es el premio o castigo debido al mérito o demérito correspondiente a los actos morales.
85. También hay una sanción natural, en esta vida, y que es un sabor o gusto interior, con alegría humana, que se siente por una obra naturalmente buena; o el remordimiento y la tristeza que se siente, y turba el corazón, por haber hecho el mal.
86. La sanción sobrenatural, sobre todo en la otra vida, que es la Gloria eterna en el Cielo, en sus diversos grados para los que han muerto en Gracia de DIOS; o la pena temporal del Purgatorio; o la pena eterna del Infierno.
87. Cuando se tiene esa visión de Fe o sobrenatural, el gozo ya en esta vida es mayor; y también es mayor el sufrimiento en esta vida, cuando no se tiene.
88. Catecismo del 1830 al 1845.
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